28 de Agosto de 2011 | Novedades

Nuevos valores de criterio para enfrentar la evasión y subfacturación de juguetes

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en la Resolución General 3155 del 22 de julio de 2011, estableció nuevos valores criterio de importación de juguetes provenientes de países asiáticos con el objetivo de enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en las operaciones de importación de estos productos.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en la Resolución General 3155 del 22 de julio de 2011, estableció nuevos valores criterio de importación de juguetes provenientes de países asiáticos con el objetivo de enfrentar la evasión fiscal y combatir las prácticas de subfacturación en las operaciones de importación de estos productos.

La Dirección de Gestión del Riesgo de dicho organismo fue la responsable del estudio y establecimiento de dicho valores teniendo en cuenta distintas fuentes y valores declarados en despachos ya oficializados.

Esta herramienta se suma a otras como el control aduanero sobre las marcas importadas para evitar el fraude marcario, la exigencia de los certificados de normas de seguridad para impedir el ingreso de juguetes peligrosos para nuestros niños, y demás herramientas tecnológicas para detectar fraudes.

Todo este trabajo preventivo llevado a cabo por el organismo que dirige Ricardo Echegaray generará una depuración del mercado el juguete al mismo nivel que los países desarrollados que protegen a su población infantil, a sus industrias y en definitiva, también a los buenos importadores.

ANEXO I RESOLUCION GENERAL Nº 3155
LISTADO DE MERCADERIAS CON VALOR CRITERIO

POSICION ARANCELARIA NCM

DESCRIPCION DE LA MERCADERIA

VALOR FOB U$S

UNIDAD

9503.00.10

Triciclos, coches y otros juguetes con ruedas, concebidos para que se monten los niños, a pedal, de plástico reforzado con fibra de vidrio. Excepto patinetes o monopatines.

4,50

kilogramo

9503.00.10

Triciclos, coches y otros juguetes con ruedas, concebidos para que se monten los niños, con motor eléctrico, de plástico reforzado con fibra de vidrio. Excepto patinetes o monopatines.

4,00

kilogramo

9503.00.10

Triciclos, coches y otros juguetes con ruedas, concebidos para que se monten los niños, diseñados para ser impulsados por los pies de los niños en el piso, de plástico sin reforzar con fibra de vidrio. Excepto patinetes o monopatines.

3,00

kilogramo

9503.00.10

Triciclos, coches y otros juguetes con ruedas, concebidos para que se monten los niños, a pedal, de plástico sin reforzar con fibra de vidrio. Excepto patinetes o monopatines.

4,00

kilogramo

9503.00.10

Triciclos, coches y otros juguetes con ruedas, concebidos para que se monten los niños, con motor eléctrico, de plástico sin reforzar con fibra de vidrio. Excepto patinetes o monopatines.

4,00

kilogramo

9503.00.10

Coches y sillas con ruedas para muñecas o muñecos, de plástico.

4,00

kilogramo

9503.00.10

Patinetes o monopatines, de plástico.

4,00

kilogramo

9503.00.21

Muñecas y muñecos, que representen solamente seres humanos, incluso vestidos, con mecanismo a cuerda o eléctrico, de plástico.

8,00

kilogramo

9503.00.22

Muñecas y muñecos, que representen solamente seres humanos, incluso vestidos, sin mecanismo a cuerda o eléctrico, de plástico.

7,50

kilogramo

9503.00.31

Juguetes rellenos que representen animales o seres no humanos.

7,00

kilogramo

9503.00.39

Juguetes que representen animales o seres no humanos, sin relleno, de plástico.

4,00

kilogramo

9503.00.60

Juegos o surtidos y juguetes para construcción, de plástico.

6,00

kilogramo

9503.00.80

Juguetes, distintos de mobiliarios sanitarios o artefactos domésticos para muñecas, presentados en juegos o surtidos o en panoplias, de plástico.

5,50

kilogramo

9503.00.80

Panoplias de mobiliarios sanitarios o artefactos domésticos para muñecas, de plástico.

4,00

kilogramo

9503.00.91

Organos o teclados musicales de juguete, de plástico.

5,00

kilogramo

9503.00.97

Vehículos a control remoto alámbrico.

4,00

kilogramo

9503.00.98

Vehículos a fricción

4,00

kilogramo

9503.00.98

Otros juguetes, a fricción, a cuerda o a resorte, de plástico.

4,00

kilogramo

9503.00.99

Globos de caucho, impresos.

6,00

kilogramo

9503.00.99

Globos de caucho, sin impresiones.

5,00

kilogramo

9503.00.99

Otros juguetes, de plástico, excepto a fricción, a cuerda o a resorte.

5,00

kilogramo

9503.00.99

Pelotas.

5,00

kilogramo

9503.00.99

Bolitas de plástico.

4,00

kilogramo

9503.00.99

Bolitas de vidrio.

0,40

kilogramo

9503.00.99

Inflables que recuperan el equilibrio al volcarse ("punching bags").

3,00

kilogramo

9504.40.00

Naipes españoles de 40 cartas.

0,40

juego, paquete, mazo de naipes

9504.40.00

Naipes españoles de 50 cartas.

0,50

juego, paquete, mazo de naipes

9504.40.00

Naipes franceses o ingleses de 52, 54 ó 55 cartas

0,60

juego, paquete, mazo de naipes

9504.40.00

Otros naipes, plastificados.

0,40

juego, paquete, mazo de naipes

9504.40.00

Otros naipes, sin plastificar.

0,30

juego, paquete, mazo de naipes

9504.90.90

Juegos de sociedad de tablero, de plástico.

5,00

kilogramo

9505.10.00

Arboles y demás artículos para fiestas de Navidad, de plástico.

8,00

kilogramo

9505.90.00

Globitos de caucho, para agua.

5,00

kilogramo


 

Fuente: Daniel Dimare

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